CONSIDERANDO:
1. Que al Consejo de Administración, como órgano permanente de administración, le compete reglamentar las actividades de Investigación y Desarrollo Empresarial que lleve a cabo la Cooperativa.
2. Que se debe crear entre los asociados conciencia de la importancia de la cultura solidaria.
3. Que el Reglamento del Comité de Investigación y Desarrollo Empresarial debe elaborarse siguiendo los parámetros establecidos por la SUPERSOLIDARIA.
INTEGRANTES DEL COMITÉ
RICARDO REYES GIRALDO - Presidente
MARIBEL ZAPATA JAMA - Vocal
CLARA INES PEREZ – Vocal