El Consejo de Administración de la Cooperativa de Empleados de la Base Aérea de Cali “COOPERBASE”, en uso de sus atribuciones, facultades legales y estatutarias y en especial las que le confiere los artículos 58 y 59 de los Estatutos, y
CONSIDERANDO:
1. Que al Consejo de Administración, como órgano permanente de administración, le compete reglamentar las actividades de Evaluación de Cartera de Créditos que realice la Cooperativa.
2. Que de conformidad con la Circular Básica Contable y Financiera 004 de 2008 emitida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, se debe determinar el área a que corresponda llevar a cabo las evaluaciones de la cartera de Créditos.
3. Que el Reglamento del Comité de Evaluación de Cartera de Créditos debe elaborarse siguiendo los parámetros establecidos por la SUPERSOLIDARIA.
INTEGRANTES DEL COMITÉ
PABLO EMILIO QUIROZ SAENZ – presidente
LUZ ADRIANA GARCIA COBO – vocal
WILSON COBALEDA VALDES – vocal