Revisoría Fiscal

La Cooperativa tendrá un Revisor Fiscal, con su respectivo suplente, elegidos por la Asamblea General para períodos de un (1) año, pudiendo ser removidos libremente o reelegidos, quien acreditará:

a.    Ser Contador público con Tarjeta profesional vigente.
b.    Certificado de antecedentes disciplinarios actualizado.
c.    No ser asociado de la cooperativa.

La Asamblea General podrá elegir como Revisor Fiscal o como su suplente a una entidad especializada en este servicio y autorizada legalmente, para que preste el servicio de revisoría fiscal, a través de contadores públicos con tarjeta profesional vigente.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL REVISOR FISCAL.

Son funciones y atribuciones del Revisor Fiscal:

a.    Cerciorarse que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la Cooperativa, se ajusten a  la ley, a las prescripciones del estatuto y a las decisiones de la Asamblea General o del Consejo de Administración.
b.    Dar cuenta oportuna a la Asamblea General, al Consejo de Administración, al Gerente o al organismo oficial de vigilancia y control competente, según el caso, de las irregularidades que observe en el funcionamiento de la Cooperativa y en el desarrollo de sus operaciones.
c.    Colaborar con los organismos oficiales que ejerzan vigilancia y control y rendirles oportunamente los informes a que haya lugar o le sean solicitados.
d.    Velar porque se lleve regularmente y al día la contabilidad, las actas de las reuniones de los órganos de administración y vigilancia y autocontrol y porque se conserven debidamente la correspondencia y todos los comprobantes de las cuentas y sus soportes.
e.    Impartir las instrucciones, efectuar arqueos de fondos, practicar inspecciones y solicitar los informes que sean necesarios para establecer un control permanente sobre los bienes, operaciones y el patrimonio social de la Cooperativa.
f.    Presentar informes de sus actividades al Gerente, al Consejo de Administración y a la Asamblea General.
g.    Inspeccionar permanentemente los bienes de la Cooperativa y procurar que se tomen oportunamente las medidas de conservación y seguridad de los mismos y de los que se tengan a cualquier otro título.
h.    Certificar con su firma los estados financieros de fin de ejercicio y los intermedios que sean presentados al Consejo de Administración, a la Asamblea General y al organismo oficial de vigilancia y control, anexando su dictamen o informe correspondiente.
i.    Solicitar al Consejo de Administración la convocatoria a  la Asamblea  General Extraordinaria cuando lo considere conveniente o convocarla cuando se presenten las circunstancias previstas en el Estatuto.
j.  Cumplir las demás atribuciones que le señalen la ley, el estatuto y la Asamblea General, siempre que sean compatibles con el ejercicio de sus funciones.

Nuestra actual revisora fiscal es la Señora Sandra M. Zapata B. de la firma

 Millán y Asociados, S.A.

Correo electrónico: szapata@millanyasociados.com